Derechos adquiridos en virtud de acuerdos vigentes a la entrada del Acto Legislativo 01/05 permanecen indemnes (3:13 p.m.)
02 de Enero de 2020
Reproducir
Nota:
114370
Una sala de descongestión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que los derechos adquiridos al abrigo de acuerdos jurídicos vigentes cuando entró a regir el Acto Legislativo 01 del 2005 permanecen indemnes y, por tanto, no pueden ser negados o trasgredidos. Entonces, la pérdida de vigencia de las reglas de carácter pensional contenidas en convenciones colectivas de trabajo, en pactos colectivos de trabajo, en laudos arbitrales y en acuerdos válidamente celebrados no comporta la pérdida de los derechos válidamente adquiridos mientras esas reglas estuvieron en vigor. Esos argumentos soportaron la decisión que respaldó la compartibilidad de la pensión de jubilación convencional con la de vejez reconocida por el Instituto de Seguros Sociales a la demandante, por haber quedado así en la convención colectiva de la que también era beneficiaria (M. P. Omar de Jesús Restrepo, magistrado de descongestión).
Opina, Comenta