Decretos reglamentarios únicosAsignan competencia del Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales en materia de cuotas partes pensionales (2:44 p.m.)
21 de Marzo de 2019
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Nota:
110666
El Gobierno acaba de adicionar una parte al Libro 3 del Decreto 780 del 2016, único reglamentario del sector Salud, en relación con la asignación de competencias administrativas para el cobro de las cuotas partes pensionales activas de las entidades liquidadas, adscritas o vinculadas al Ministerio de Salud. Así las cosas, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia apoyará la gestión de los actos de trámite que requiera el ministerio para dar impulso a las etapas de cobro persuasivo y coactivo que deban ejecutarse con miras al cobro de las cuotas partes pensionales activas de las entidades liquidadas que hubieren estado adscritas o vinculadas a dicha cartera.
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