Daño patrimonial por pago de incapacidades debe analizarse en cada caso concreto (3:48 p.m.)
18 de Marzo de 2020
Reproducir
Nota:
116095
El daño patrimonial al Estado es un fenómeno de carácter estrictamente pecuniario o económico que consiste en una lesión al patrimonio público, representado en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida o deterioro de los bienes o recursos públicos o de los intereses patrimoniales al Estado por una mala gestión fiscal, recordó la Contraloría General de la República. Dicho daño debe ser probado dentro del respectivo proceso de responsabilidad fiscal por el operador jurídico correspondiente, por lo que para establecer si existe daño al patrimonio público en el pago total de incapacidades a trabajadores oficiales será necesario analizar cada caso concreto.
Opina, Comenta