Cuando hay interrupciones en actividades laborales por un tiempo considerable no es posible establecer continuidad en la vinculación (3:34 p.m.)
20 de Noviembre de 2017
Reproducir
Nota:
57597
Una sentencia reciente de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia señala que no es posible derivar de la historia laboral o de los reportes de pago de aportes pensionales una continuidad en la actividad laboral, más cuando existen otras pruebas que permiten verificar la solución de continuidad entre uno y otro contrato de trabajo, motivo por el cual la Sala laboral concluyó que cuando las interrupciones en el servicio lo son por un tiempo considerable no es posible establecer la existencia de una continuidad en la vinculación. Encuentre los detalles del caso objeto de estudio en el documento adjunto a esta nota (M.P. Dolly Amparo Caguasango).
Opina, Comenta