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¿Cuál es el efecto del fallo de tutela sobre los actos administrativos que materializan órdenes impartidas? (11:25 a.m.)

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03 de Abril de 2019

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La cosa juzgada constitucional o inmutabilidad del fallo de tutela se predica respecto de los derechos constitucionales fundamentales amparados por la autoridad judicial, lo que implica que esta figura no cobija la legalidad de los actos administrativos expedidos en virtud de este mecanismo de defensa, pues la facultad de juzgarlos es de la jurisdicción contencioso administrativa. Un entendimiento contrario, explica la Sección Segunda del Consejo de Estado, implicaría desconocer la competencia otorgada a los jueces administrativos para que, a través de los medios de control del CPACA, decidan sobre la legalidad de los actos que expide la Administración, incluidos los que profiera en cumplimiento de una orden constitucional de tutela. Así las cosas, la decisión de tutela sobre la inclusión de una bonificación de servicios como factor salarial para reliquidar una pensión de jubilación no vincula al juez con fuerza de cosa juzgada constitucional (inmutable y definitiva), ya que es autónoma en el estudio de la legalidad del acto que cumple tal orden (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).

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