¿Cuál es el ámbito de aplicación del principio de condición más beneficiosa en la pensión de sobrevivientes? (11:44 a.m.)
16 de Noviembre de 2018
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Nota:
108684
La Sala Laboral de Descongestión No. 1 de la Corte Suprema de Justicia explicó en reciente providencia que cuando el deceso del causante ocurre en vigencia de la Ley 797 del 2003 no es viable acudir a la aplicación de los artículos 6° y 25° del Acuerdo 049 de 1990 por virtud del principio de la condición más beneficiosa, toda vez que la regla general adoptada jurisprudencialmente radica en que la normativa aplicable en pensión de sobrevivientes es la vigente al momento de la muerte del causante. Sin embargo, excepcionalmente se puede acudir a ese principio y lograr la aplicación del régimen inmediatamente anterior, sin que le sea dado a los jueces hacer un juicio histórico sobre todas las normas que regulan la prestación, únicamente cuando el legislador no prevea un régimen de transición de tal forma que garanticen las expectativas legítimas. Lo anterior porque no le es dado al juzgador hacer un rastreo histórico de las normas para encontrar la que más se ajuste a los intereses del demandante (M. P. Ernesto forero Vargas – magistrado de descongestión).
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