Coronavirus (covid-19)Conozca la norma que establece medidas adicionales para mitigar el incremento de contagios en Bogotá
11 de Mayo de 2021
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Por medio del Decreto 172, de hoy 11 de mayo, la Alcaldía de Bogotá adoptó nuevas medidas para mitigar el incremento de contagios por coronavirus (covid-19). De acuerdo con la norma, habrá restricción nocturna a la movilidad entre las 11:00 p. m. y las 4:00 a. m., desde hoy 11 de mayo y hasta el próximo martes 18 de mayo, con algunas excepciones para realizar actividades indispensables. Los establecimientos de comercio cuya actividad sea el abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos, salud y de primera necesidad, así como aquellos que prestan servicios no esenciales, solo podrán prestar servicios presenciales en el horario comprendido entre las 5:00 a. m. y las 10:00 p. m. Desde las 11:00 p. m. de hoy 11 de mayo hasta las 4:00 a. m. del próximo martes 18 de mayo no se podrán celebrar actividades deportivas de alto impacto, tales como torneos de fútbol profesional. De otra parte, se restringe el consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público desde la entrada vigencia de la norma hasta las 4:00 a. m. del próximo 18 de mayo. Se permitirá el expendio de bebidas embriagantes y alcohólicas cuando se realice a través de domicilio. De manera excepcional se autoriza el consumo de bebidas embriagantes cuando se realice como complemento a platos servidos a la mesa por parte de establecimientos y locales gastronómicos, previo cumplimiento de los protocolos de bioseguridad correspondientes.
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