Coronavirus (covid-19)Así podrán participar los privados en la compra de vacunas contra covid-19
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21 de Abril de 2021
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El Ministerio de Salud expidió la resolución con la cual define las reglas especiales para autorizar la importación, adquisición y aplicación de vacunas contra el covid-19 por parte de personas jurídicas de derecho privado o de personas jurídicas con participación pública. Así, la norma advierte que podrán actuar como importadores personas jurídicas diferentes a las que actúan como adquirientes finales de las dosis para su aplicación gratuita a los beneficiarios que definan, caso en el cual el intermediario importador deberá estar autorizado por la autoridad sanitaria. La norma señala los requisitos para la importación. En cuanto a la aplicación por parte de privados, esta debe hacerse en instituciones de servicios de salud habilitadas, lo cual garantizará la calidad en la vacunación. Pueden inocular a personas con un vínculo laboral o contractual en las empresas y no podrán excluir a ninguna. Es decir, las empresas que decidan vacunar a sus empleados deben hacerlo sobre la totalidad de sus colaboradores. El proceso de inmunización tendrá que efectuarse a cero costos para los beneficiarios de su aplicación.
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