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Convenciones colectivas de trabajo comparten con los laudos el carácter de fuente formal del derecho

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13 de Julio de 2020

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Una providencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia concluye que las convenciones colectivas de trabajo comparten con los laudos el carácter de fuente formal del derecho y, por tanto, emerge para los jueces el deber de interpretar unas y otros bajo los principios hermenéuticos, dentro de los cuales se encuentra el de favorabilidad. Aterrice esta tesis con la resolución del caso concreto objeto de estudio por parte de la Sala (M.P. Jorge Prada).

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