Convenciones colectivas constituyen una prueba acusable en casación por la vía indirecta (2:10 p.m.)
28 de Noviembre de 2017
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La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó recientemente que las convenciones colectivas no son normas de alcance nacional, toda vez que no son una manifestación de la potestad normativa del Estado con su correlativo carácter heterónomo, general y abstracto. El fallo explicó que al ser la convención colectiva el resultado de la autonomía de la voluntad del empleador y los trabajadores y explicarse desde una filosofía contractualista su campo de aplicación es más estrecho, dado que se reduce a determinar las condiciones de empleo de sus empleados o de a quienes por extensión les sea aplicable. Acorde con ello, esta figura ha sido considerada por la jurisprudencia como una prueba acusable en casación por la vía indirecta, puesto que, adicionalmente, las partes deben acreditar su existencia y aportarla al proceso con el cumplimiento de ciertas formalidades. En tal sentido, afirmó la providencia que la convención adquiere una doble dimensión en casación: por un lado es una prueba y por el otro es fuente de derecho objetivo (M. P. Omar de Jesús Restrepo Ochoa – Sala de Descongestión).
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