Continuidad de los ingresos durante el tránsito de trabajador a pensionado desvirtúa el despido injusto (10:30 a.m.)
03 de Noviembre de 2017
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Nota:
57822
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que cuando el despido se realiza porque el trabajador ha cumplido con los requisitos para acceder al derecho pensional no puede considerarse injusto si se ha garantizado la continuidad de los ingresos de la persona durante ese tránsito. En consecuencia, no basta con la notificación del reconocimiento de la pensión, sino que es requisito sine qua non que el trabajador sea incluido en nómina, a fin de que no exista solución de continuidad entre la fecha de su retiro y aquella en la que empieza a percibir la pensión (M. P. Dolly Amparo Caguasango).
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