A cónsules y embajadores colombianos se les exigirán más méritos académicos (10:46 a.m.)
24 de Noviembre de 2016
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Nota:
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La iniciativa que busca establecer normas sobre servicio exterior aplicables a los aspirantes a ser nombrados como embajadores, ministros, plenipotenciarios o cónsules generales llega a estudio de la Comisión Segunda del Senado, en donde ya cuenta con ponencia positiva para primer debate. Así las cosas, los aspirantes, además de los requisitos previstos en la Constitución, deberán cumplir las siguientes condiciones: i) ser colombiano de nacimiento y no tener doble nacionalidad; ii) tener título profesional universitario reconocido por el Estado; iii) acreditar el dominio del idioma inglés, con certificación vigente del examen internacional estandarizado en un nivel B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Si el país de destino tuviere una lengua oficial diferente al inglés o al español, el aspirante podrá acreditar el dominio de ese idioma en un nivel estandarizado de acuerdo con el MCER; iv) aprobar el diplomado en la Academia Diplomática de la Cancillería en las materias propias al cargo, el cual no podrá tener una duración menor a tres meses y v) haber sustentado sus aspiraciones en audiencia pública ante sesión conjunta de las comisiones segundas constitucionales permanentes del Congreso. Por último, será responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores adoptar las medidas necesarias en relación con la academia diplomática con el propósito de brindar diplomados de duración no menor a tres meses para otorgar idoneidad académica a los aspirantes a cualquiera de los cargos arriba señalados.
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