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Laboral


Procuraduría pide no prohibir las libranzas para quienes ganan el salario mínimo

17 de Mayo de 2017

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Por medio de un concepto, la Procuraduría General de la Nación pidió declarar la constitucionalidad del numeral 5° del artículo 3° de la Ley 1527 del 2012 (Ley de Libranza), norma que permite a todos los trabajadores acudir a este mecanismo para el pago de sus créditos, incluyendo a quienes ganan el salario mínimo.

 

Al respecto, aseguró que dicha disposición promueve el acceso de las personas de más bajos ingresos a los préstamos a través de entidades bancarias y financieras vigiladas por el Estado, con el fin de que no acudan a créditos informales como los llamados “gota a gota”, que suponen unas cargas más gravosas y aumentan su condición de pobreza.

 

Adicionalmente, aclaró que el trabajador no pierde ninguna parte de sus ingresos por este medio, simplemente escoge comprometer parte de los mismos a futuro para aumentar su consumo presente. El dinero que el trabajador deja de recibir cuando se le desembolsa su salario corresponde al valor de los bienes o servicios que ya recibió más el costo de la respectiva financiación.      

 

Según el demandante, la norma vulnera el artículo 53 de la Constitución Política, que impone al legislador la obligación de desarrollar el Estatuto del Trabajo, con plena observancia de principios mínimos fundamentales, tales como garantizar al trabajador el goce de los beneficios consagrados en las normas laborales y restricción de medidas que puedan menoscabar la libertad, dignidad humana y demás derechos de los trabajadores.

 

En su opinión, la facultad cuestionada al empleador para realizar descuentos que afecten el salario mínimo destinados al pago de los créditos directos o por libranza viola los principios mínimos fundamentales, entre los que está el que tiene el trabajador de recibir la menor contraprestación autorizada por el trabajo realizado, es decir, el salario mínimo, a la vez que menoscaba la dignidad y los derechos de los trabajadores.

 

Procuraduría General, Concepto 5210, 30/03/17

 

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