Lo último sobre las causales para terminación del contrato de trabajo (10:42 a.m.)
01 de Febrero de 2019
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Nota:
122427
Una acción pública de inconstitucionalidad atacaba algunas disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo que establecen dentro de las justas causas que tiene el empleador para terminar el contrato de trabajo “cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos”. A juicio del demandante, la existencia de dichas causales contradice el concepto de trabajo como valor, ya que su consagración imposibilita que un juez pueda valorar estas conductas objetivamente, siendo entonces una discriminación injustificada. Ahora bien, la Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-148 del 2018, se declaró inhibida de emitir un pronunciamiento de fondo al considerar que no se conformó un verdadero concepto de la violación, pues los cargos formulados no cumplían los requisitos mínimos para ser analizados. Pero también porque carecen de certeza al no apoyarse en el tenor literal del texto legal, sino en el criterio de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia y su propia interpretación de la facultad de establecer este tipo de faltas (M. P. Cristina Pardo).
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