Extra Esta es la ley que reconoce prima de servicios a los trabajadores domésticos (3:40 p.m.)
08 de Julio de 2016
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Nota:
124751
El presidente Juan Manuel Santos sancionó la iniciativa que reconoce prima de servicios a los trabajadores domésticos. A través de la Ley 1788 se garantiza el acceso en condiciones de universalidad al derecho de prima de servicios para estos trabajadores, que corresponderá a 30 días de salario por año, los cuales se reconocerán en dos pagos, la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad, a más tardar, los primeros 20 días de diciembre. El reconocimiento se hará por todo el semestre o proporcionalmente al tiempo trabajado, precisa la norma. De acuerdo con la disposición, están incluidos en la prestación los choferes del servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y, en general, aquellos contemplados en el título III del Código Sustantivo del Trabajo o que cumplan condiciones de empleado dependiente. Se crea una mesa de seguimiento a la implementación del Convenio 189 de la OIT sobre trabajadores del servicio doméstico, la cual se reunirá periódicamente y tendrá por objetivo promover, formular y desarrollar políticas de trabajo decente en el sector.
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