¿Cuándo son vinculantes los fallos que conceden pensión de invalidez a mayores de 60 años bajo condición más beneficiosa?
26 de Noviembre de 2018
La Corte Constitucional reconoció que en seis oportunidades, incluyendo la Sentencia SU-442 del 2016, ha concedido la pensión de invalidez en virtud del principio de condición más beneficiosa a personas mayores de 60 años, aun cuando la regla general establece que si la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral se ha dado después de cumplir esa edad lo procedente es la indemnización sustitutiva.
En dicho fallo, el alto tribunal consideró que se podía aplicar una norma que no fuera la inmediatamente anterior a la que estaba en vigor al momento de estructurarse la invalidez, pero que sí lo estuvo durante la relación de la persona con el sistema y en cuya vigencia esta contrajo una expectativa legítima.
No obstante, la corporación advirtió que esas decisiones no constituyen precedentes vinculantes para todos los casos, sino solo para aquellos que reúnen los tres elementos que jurisprudencialmente se han definido: (i) cuando en la ratio decidendi de la sentencia se encuentra una regla relacionada con el caso a resolver posteriormente y (ii) cuando la ratio sirvió de base para solucionar un problema jurídico semejante
Así mismo, (iii) cuando los hechos del caso analizado o las normas juzgadas en la sentencia anterior son similares o plantean un punto de derecho semejante al que debe resolverse posteriormente.
En este sentido, es razonable que el juez cuando en una situación similar observe que los hechos determinantes no concuerdan con el supuesto de hecho esté legitimado para no considerar vinculante el precedente (M. P. Antonio José Lizarazo).
Corte Constitucional, Sentencia T-669, 03/11/18.
Opina, Comenta