Consejo de Estado reitera que parejas del mismo sexo tienen mismos derechos que parejas heterosexuales en materia de sustitución pensional
02 de Febrero de 2021
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Nota:
119092
"La Sección Segunda del Consejo de Estado reiteró que no existe ningún fundamento jurídico que permita sostener que las parejas del mismo sexo no tienen derecho a la sustitución pensional de la que trata el artículo 5º del Decreto 1160 de 1989. Lo anterior luego de estudiar un caso en el que el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio se negó a reconocer al compañero permanente del causante la pensión de sobrevivencia a pesar de haber convivido por más de 14 años. Según la Sala, la igualdad entre parejas homosexuales y heterosexuales en materia de sustitución pensional ha sido reconocido de forma reiterada por la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Para el alto tribunal, “las parejas del mismo sexo tienen igual derecho a la sustitución pensional que las parejas heterosexuales por cuanto no existe justificación constitucional o legal en el ordenamiento jurídico colombiano que avale el trato diferenciado hacia las personas que, por ejercer su libre desarrollo de la personalidad y la libertad de opción sexual se decidan por conformar una pareja homosexual"". (C.P. Gabriel Valbuena Hernández)"
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