14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Consejo de Estado mantiene condena contra médica que atendió parto en el que murió un bebé

04 de Junio de 2021

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Nota:
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El Consejo de Estado negó una acción de tutela presentada por una médica que pretendía dejar sin efectos un fallo que la obligaba a reintegrar al Hospital San Vicente de Paul de Paipa (Boyacá) parte de los gastos de condena que se le impuso a este por la muerte de un bebé durante el parto. La entidad había sido condenada en primera y segunda instancia a reparar los daños morales causados por estos hechos. De acuerdo con los fallos, la profesional de la salud incurrió en culpa grave al no remitir a la paciente a una entidad de nivel superior, actuando sin la debida diligencia que exigía el estado del embarazo de la mujer que sufrió la muerte de su bebé. Contra estas decisiones judiciales la médica interpuso la tutela, ya que, en su concepto, no se allegó ninguna prueba que demostrara que la inducción al parto con oxitocina que ella ordenó hubiera dado lugar a la muerte del bebé. Así mismo, manifestó, si a ella se le condenó por no remitir a la paciente a otra entidad también ha debido condenarse al médico que la sustituyó en la atención del parto, quien efectuó la remisión hasta cuando terminó su turno y dejó de valorar a la paciente por un largo periodo. Sin embargo, el alto tribunal aclaró que no le corresponde al juez de tutela referirse a las conclusiones de los operadores jurídicos en torno a la negligencia con la que actuó la doctora contribuyendo a la producción del daño, aunque no se haya probado que el inducir el parto haya sido su causa eficiente (M. P. Carlos Enrique Moreno Rubio).

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