Conozca las limitaciones de los sindicatos minoritarios para declarar la huelga (4:08 p.m.)
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14 de Noviembre de 2019
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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al conocer una demanda en la que se pretendía declarar ilegal la huelga adelantada por un sindicato minoritario, recordó las limitaciones de estas organizaciones para llevar a cabo ceses de actividades. Así, para que la organización sindical ejerza la declaratoria debe realizar unas votaciones en las que participen incluso trabajadores no sindicalizados y que la mayoría absoluta de ellos esté de acuerdo con la huelga. De igual manera, la Sala señaló que para contabilizar los 10 días hábiles que establece la ley para llevar a cabo el paro no se debe incluir el día sábado, pues no corresponde a una jornada laboral y es entendido como un día libre o vacante.
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