Conozca el fallo de unificación sobre requisito de fidelidad en pensiones de invalidez (4:20 p.m.)
13 de Abril de 2018
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Nota:
61188
La Corte Constitucional, a través de reciente sentencia de unificación, concluyó que la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, la seguridad social y al mínimo vital de una ciudadana, luego de que Porvenir le negara el reconocimiento de una pensión de invalidez. Lo anterior bajo el argumento principal de no acreditar el requisito de fidelidad al sistema. En efecto, para el alto tribunal constitucional, dicho requisito resulta contrario al mandato superior de progresividad en materia de seguridad social desde su expedición, por cuanto impuso a los usuarios una obligación más gravosa a las ya existentes para acceder a la pensión de invalidez, tal como lo sentó en la Sentencia C-428 del 2009. En este caso, aun cuando la fecha de estructuración de la invalidez fue anterior a la decisión de inexequibilidad del requisito de fidelidad al sistema, este presupuesto no debió exigirse en sede de casación, por ser contrario al mandato constitucional de progresividad en materia pensional. Pero también por haber sido retirado del ordenamiento jurídico por el máximo juez de la Carta Política de 1991, enfatizó la Corte (M.P. Cristina Pardo).
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