Conozca cómo se liquidan las cesantías parciales y definitivas de los servidores públicos (10:40 a.m.)
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12 de Enero de 2018
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En virtud de la Ley 244 de 1995 las entidades empleadoras tienen la obligación de liquidar, reconocer y pagar las cesantías definitivas de los servidores públicos dentro de los 15 días siguientes a la solicitud del interesado, para lo cual deberá expedir la resolución correspondiente y tendrá un plazo máximo de 45 días hábiles a partir de la fecha en que adquiera firmeza el acto de reconocimiento, so pena de que la entidad obligada deba pagar al titular un día de salario por cada día de retardo hasta su pago efectivo. Esta disposición fue modificada por la Ley 1071 del 2006, y reglamentó el reconocimiento de cesantías definitivas o parciales, extendiendo su ámbito de aplicación a los miembros de las corporaciones públicas, empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas a nivel territorial y por servicios, así como los miembros de la fuerza pública, entre otros. En documento adjunto encuentre el listado completo y el procedimiento para la respectiva liquidación (C. P. Sandra Lisset Ibarra Vélez).
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