Conozca cómo se determina el régimen de seguridad social de los servidores del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares (1:46 p.m.)
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17 de Mayo de 2018
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El régimen de seguridad social aplicable a los empleados públicos que prestan sus servicios al Instituto de Salud de las Fuerzas Militares depende de la fecha en que estos se vincularon con la entidad, precisa la Sección Segunda del Consejo de Estado. En virtud de lo anterior, los que se encontraban vinculados antes de la entrada en vigor de la Ley 100 de 1993 se rigen por el Decreto 1214 de 1990, mientras que a los incorporados con posterioridad les aplica la norma vigente para la fecha. De otra parte, enfatiza la corporación, aunque los miembros de las fuerzas militares y de la Policía Nacional estén excluidos de la aplicación del Sistema General de Seguridad Social, esta circunstancia no cobija al personal civil que se vinculó al Ministerio de Defensa y la Policía Nacional con posterioridad a la Ley 100. Consulte en el documento adjunto las razones esbozadas por el alto tribunal (C. P. Rafael Francisco Suárez).
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