Condición más beneficiosa no faculta aplicación del Acuerdo 049 de 1990 para reconocer pensión de sobrevivientes causada en vigencia de la Ley 797 del 2003 (7:10 a.m.)
59995
01 de Marzo de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que, para efectos del reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, la aplicación del principio de la condición más beneficiosa solo permite aplicar la norma inmediatamente anterior a la vigente en el momento del suceso, siempre y cuando no se haya previsto un régimen de transición, pues no puede el juez hacer un recuento histórico de las leyes que rigen tal prestación para determinar cuál es la norma más favorable al trabajador. Por esa razón, no puede hacerse efectivo el régimen del Acuerdo 049 de 1990 cuando el pensionado ha fallecido bajo el régimen establecido por la Ley 797 del 2003, en tanto el inmediatamente anterior corresponde al determinado por la Ley 100 de 1993 (M. P. Gerardo Botero).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!