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Compatibilidad pensional no se pierde cuando la prestación se transmite a los beneficiarios (3:18 p.m.)

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26 de Diciembre de 2019

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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que la pensión convencional de jubilación de un trabajador no pierde su condición extralegal por el hecho de ser transmitida a sus beneficiarios, así como tampoco se debe ver afectado el régimen que gobierna su compatibilidad. En efecto, si los pensionados fallecidos tenían derecho a la compatibilidad pensional tal derecho no varía al ser adquirido por los beneficiarios que, de acuerdo con la ley, hayan accedido a la sustitución pensional, pues, en principio, no resulta lógico que la muerte afecte derechos ya consolidados, que, como tales, deben ser extendidos a dichas personas (M. P. Rigoberto Echeverri).

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