Compatibilidad pensional no se pierde cuando la prestación se transmite a los beneficiarios (3:18 p.m.)
26 de Diciembre de 2019
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Nota:
114456
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que la pensión convencional de jubilación de un trabajador no pierde su condición extralegal por el hecho de ser transmitida a sus beneficiarios, así como tampoco se debe ver afectado el régimen que gobierna su compatibilidad. En efecto, si los pensionados fallecidos tenían derecho a la compatibilidad pensional tal derecho no varía al ser adquirido por los beneficiarios que, de acuerdo con la ley, hayan accedido a la sustitución pensional, pues, en principio, no resulta lógico que la muerte afecte derechos ya consolidados, que, como tales, deben ser extendidos a dichas personas (M. P. Rigoberto Echeverri).
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