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Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Código de ética médica superó el primer debate en el Senado (10:22 a.m.)

27 de Junio de 2016

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Nota:
124977
La Comisión Séptima del Senado aprobó la iniciativa por medio de la cual se regularía la ética profesional del ejercicio médico en Colombia. Dentro del texto votado se definen los principios que deben regir dicha profesión, dentro de los cuales están la beneficencia, no discriminación, humanidad, solidaridad, entre otros. También se establece la forma en la que se debe realizar el juramento médico y los estándares dentro de la relación médico-paciente. Por otra parte, cuando no se trate de casos de urgencia o emergencia, el médico podrá excusarse de prestar sus servicios o interrumpirlos, en razón de los siguientes motivos: i) por enfermedad incapacitante del médico; ii) cuando en virtud de su juicio clínico y dentro de los principios de la diligencia, pericia y prudencia debidas considere que el caso no corresponde a su experiencia, conocimiento o especialidad, excepto en estado de necesidad; iii)cuando el paciente reciba la atención de otro profesional con exclusión de la suya, sin previo consentimiento; iv) cuando el enfermo rehúse cumplir las indicaciones prescritas o falte gravemente al respeto al profesional; v) cuando se le solicite una actuación reñida con las normas jurídicas o éticas y vi) cuando manifieste objeción de conciencia. A propósito de este último punto, el proyecto de ley define la objeción de conciencia como el rechazo inequívoco expresado por el médico a cumplir con un acto por existir discrepancia entre la práctica de dicho acto médico y una norma moral que considere que orienta su conducta y convicción personal. La objeción de conciencia no requeriría justificación, ni tampoco podría ser sometida a controversia o debate. El proyecto de ley pasa a estudio de la plenaria del Senado.

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