Casación laboral no procede por violación de la jurisprudencia (12:54 p.m.)
31 de Mayo de 2018
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Nota:
122760
La Sala No. 2 de Descongestión de la Sala laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que la casación laboral procede por violación de la ley y no de la jurisprudencia, la cual, de conformidad con el artículo 230 de la Constitución Política, es un “criterio auxiliar de la actividad judicial”, que solo puede ser atacada por la vía directa en la modalidad de interpretación errónea. Así las cosas, resulta improcedente la presentación de un cargo en el recurso extraordinario aduciendo la violación por indebida aplicación de sentencias de las altas cortes (M. P. Carlos Arturo Guarín).
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