11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Auxilios a trabajadores para facilitar su traslado del lugar de domicilio no son constitutivos de salario

11 de Julio de 2023

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Nota:
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No es viable cambiar el domicilio de una sociedad colombiana al exterior o viceversa (Freepik)

A través de un fallo, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia precisó que un pago no es constitutivo de salario bajo las siguientes circunstancias:

i) Que sea ocasional y se entregue por mera liberalidad.

ii) Que se reconozca para facilitar el desarrollo de las funciones del trabajador y que, por tanto, no tenga como finalidad enriquecer su patrimonio, sino dotarle de recursos que le permitan realizar su labor.

iii) Que a pesar de ser habitual las partes acuerden expresamente que no constituye salario.

De modo que, para la alta corte, será salario el pago que retribuya el servicio prestado por el trabajador, esto es, que tenga como causa, origen y fundamento la naturaleza misma de las actividades contratadas, sin importar la denominación que se le dé.

Es por ello que, al margen de la consideración formal que las partes puedan darle a un determinado pago, en virtud del principio de la primacía de la realidad sobre las formalidades, si dicho pago retribuye el servicio de manera directa tendrá naturaleza salarial, sin que los contratantes puedan excluir sus efectos. Por eso, los auxilios que se otorguen a los trabajadores que procuren facilitarle su desenvolvimiento personal y familiar cuando ha sido trasladado de su lugar de domicilio no son constitutivos de salario (M. P.: Giovanni Francisco Rodríguez Jiménez).

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