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07 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Así se podría hacer el traslado de lo ahorrado en los BEP al sistema de pensiones

13 de Agosto de 2021

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Nota:
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El Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de norma con el cual se establecería el sistema de equivalencias entre el servicio social complementario de beneficios económicos periódicos (BEP) y el sistema general de pensiones.

Las personas que hayan ahorrado en los BEP y se encuentren afiliadas en el régimen de prima media con prestación definida o en el régimen de ahorro individual con solidaridad podrían solicitar que los recursos ahorrados en ese servicio social sean trasladados a la administradora de pensiones a la que se encuentre afiliada, con el fin de que sean contabilizados como semanas cotizadas o como capital necesario para el reconocimiento de la pensión de vejez, tomando en cuenta la siguiente fórmula:

Semanas Totales = Semanas SGP + Semanas BEPS

 

Para efectos de realizar el cálculo de las semanas BEPS se aplicaría la siguiente formula:

Beps

 

Las semanas BEP obtenidas a través de esta metodología se imputarían a la historia laboral del afiliado sobre un ingreso base de cotización de un salario mínimo legal mensual vigente, exclusivamente y por el número máximo de semanas que se pudieran cotizar en el sistema general de pensiones en un año.

Si luego de efectuada la aplicación del sistema de equivalencias quedan excedentes estos le serán devueltos al vinculado conforme con lo establecido en el artículo 2.2.13.7.3.

Sumatoria de semanas en el sistema general de pensiones

 

Las administradoras del régimen de ahorro individual con solidaridad y la administradora del régimen de prima media con prestación definida están obligadas a imputar las semanas BEP obtenidas para el cumplimiento de requisitos del número de semanas requeridas para obtener una pensión de vejez o la garantía de pensión mínima en el régimen de ahorro individual, según corresponda. Las semanas calculadas harán parte del ingreso base de liquidación de la pensión en el régimen de prima media con prestación definida.

Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el próximo 29 de agosto al correo rcarrillo@mintrabajo.gov.co. El proyecto de norma puede ser consultado en el archivo adjunto a esta nota.  

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