Así opera la asignación de retiro para oficiales y suboficiales de las fuerzas militares (4:33 p.m.)
19 de Marzo de 2019
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Nota:
110706
La asignación de retiro es una prestación de naturaleza económica que surge de la relación laboral administrativa existente entre el Estado y los miembros de la fuerza pública (Fuerzas Militares y Policía Nacional), sustentó la Sección Segunda del Consejo de Estado. Al cese definitivo de la prestación de los servicios, estos miembros se hacen acreedores al reconocimiento y pago en forma mensual y vitalicia de una determinada suma de dinero que tiene como finalidad garantizar, al menos, la satisfacción de las necesidades básicas del trabajador retirado y las de su familia. En esos términos, la asignación de retiro es la consagración de un sistema pensional especial para la fuerza pública y, por lo tanto, una de las formas en que se materializa el derecho a la seguridad social en este sector, lo que determina que constituya un derecho fundamental irrenunciable. La corporación también afirmó que los oficiales y suboficiales que se retiren a solicitud propia después de 20 años de servicio tienen derecho, a partir de la fecha en que terminen los tres meses de alta, a que se les pague una asignación mensual de retiro con las partidas computables previstas en el artículo 13 del Decreto 4433 del 2004 (vigente para la fecha de los hechos). Conozca el caso en el documento adjunto (C.P. William Hernández Gómez).
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