Así es la carga de la prueba en los procesos de responsabilidad médica (7:35 a.m.)
07 de Noviembre de 2018
Reproducir
Nota:
108826
Una providencia de una sala de descongestión de la Corte Suprema de Justicia estudia la evolución doctrinal del concepto de responsabilidad médica. Así pues, la Sala, que respaldó los argumentos de la decisión de instancia, recordó que en este tipo de eventos a la parte actora le corresponde probar: la culpa de la entidad prestadora de servicios de salud, el daño y la relación causal; mientras que la parte demandada debe demostrar que su actuar fue diligente, que acaeció un caso fortuito o de fuerza mayor o la culpa de la víctima (M. P. Jimena Isabel Godoy).
Opina, Comenta