Aportes a seguridad social se realizan sobre todos los pagos mensuales que recibe el trabajador
16 de Marzo de 2021
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Nota:
120969
Los trabajadores con contrato laboral deben realizar sus aportes a seguridad social sobre la totalidad del salario mensual percibido, en los términos del artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo. Por lo tanto, precisó el Ministerio del Trabajo, todo lo que reciba el trabajador sin importar la denominación que se le dé es salario, de manera que si durante el mes laborado recibió una bonificación, pago de trabajo suplementario u horas extras, comisiones, primas o cualquier otro concepto que retribuya económicamente los servicios prestados por el trabajador este hará parte del salario y, por ende, estos valores adicionales al salario normal se deben tener en cuenta para el caso particular y concreto en el ingreso base de cotización a seguridad social, es decir, estos pagos se incluyen para que el empleador realice los respectivos aportes a la seguridad social del trabajador. Resulta equivocado afirmar, de acuerdo con la consulta, que el empleador, independientemente de que el trabajador reciba pagos adicionales que retribuyen su trabajo, deba realizar los aportes a seguridad social como se realiza con su salario habitual.
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