Aplicación de la condición más beneficiosa no autoriza la plus ultractividad de la ley (11:22 a.m.)
27 de Febrero de 2018
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Nota:
60034
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia advirtió que la regla general es que la norma aplicable es la que regía para la fecha de estructuración de la invalidez del afiliado, pero, en determinados casos, es posible acudir al precepto inmediatamente anterior, sin que ello conduzca a que pueda utilizarse cualquier disposición previa. Justamente, el fallo recuerda que la jurisprudencia de la corporación ha limitado la aplicación de este principio, luego de rechazar cualquier búsqueda interminable de legislaciones anteriores a fin de determinar cuál se ajusta a las condiciones particulares del peticionario o cuál resulta ser más favorable, pues con ello se desconoce que las leyes sociales son de aplicación inmediata y, en principio, rigen hacia futuro (M. P. Fernando Castillo).
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