Afiliación al sistema de seguridad social es universal, sin importar edad del trabajador
Ley 100 de 1993 invalida cualquier exclusión basada en la vejez, como lo disponía el Acuerdo 049/90.Openx [71](300x120)
18 de Marzo de 2026
El empleador debe afiliar y cotizar al sistema de seguridad social por todo trabajador dependiente, sin importar si es de avanzada edad. La Ley 100 de 1993 no contempla salvedades. Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia, al tiempo que advirtió que dicha obligación se torna universal y cobija a todos los trabajadores, ya que la causa efectiva de la afiliación y consecuente cotización es el hecho de laborar.
Al ser la seguridad social un sistema de protección universal, no es viable la exclusión legal de cierto grupo de la población por razón de su avanzada edad. El artículo 2 del Acuerdo 049 de 1990 es contrario a los principios de universalidad e integralidad de la Ley 100 de 1993, por lo que no existe ninguna salvedad sobre la obligación de afiliación relativa a la edad del trabajador.
Así las cosas, bajo el actual sistema general de pensiones sería un contrasentido permitir que quien preste sus servicios personales en el marco de un contrato de trabajo sea excluido del sistema por el hecho de su edad, en los términos del artículo 2 del Acuerdo 049 de 1990.
En el caso bajo análisis, en enero del 2013 un hombre de 71 años de edad empezó a laborar para una empresa y en julio el 2017 sufrió una trombosis. Las primeras incapacidades fueron canceladas por su EPS, pero las que superaron los 180 días no fueron cubiertas porque no estaba afiliado a un fondo de pensiones.
El trabajador demandó y solicitó que se reconociera la existencia de un contrato de trabajo y que su empleador, al no haberlo afiliado al sistema de seguridad social, debía asumir el pago de las incapacidades y reconocer la pensión de invalidez. El empleador respondió que no lo afilió porque por su edad estaba excluido en los términos del Acuerdo 049/90 (M. P. Iván Mauricio Lenis Gómez).
Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.
Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!