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23 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


¿Qué pasa si vencen las certificaciones de trabajo en alturas durante la emergencia del covid-19?

10 de Julio de 2020

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El artículo 8 del Decreto 491 del 2020 establece que cuando un permiso, autorización, certificado o licencia venza durante el término de vigencia de la emergencia sanitaria, cuyo trámite de renovación no pueda ser realizado con ocasión de las medidas adoptadas para conjurarla, se entenderá prorrogado automáticamente hasta por un mes más, contado a partir de la superación de la emergencia.

 

En este sentido, precisó el Ministerio del Trabajo, la vigencia de todas las certificaciones de entrenamiento y reentrenamiento expedidas a trabajadores que realicen tareas de trabajo en alturas con riesgo de caídas, que se hubieren vencido desde el 12 de marzo del 2020, cuando se declaró la emergencia sanitaria, se entenderán prorrogadas automáticamente hasta por un mes después de la fecha de superación de la misma.

 

En este evento, es obligación del empleador adelantar las gestiones necesarias para garantizar que el trabajador que realice tareas de trabajo en alturas mantenga actualizada la certificación mencionada, una vez superada la emergencia. Sin perjuicio de lo anterior, deben seguir adoptando en todo momento medidas preventivas para trabajo seguro en alturas, respetando la normativa vigente durante la emergencia.

 

Por su parte, corresponde al trabajador asistir a los reentrenamientos programados por el empleador y aprobar satisfactoriamente las evaluaciones luego de superada la emergencia, cumpliendo en todo momento con las normas vigentes de trabajo seguro en alturas, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 8 del Decreto 491.

 

Dicho reentrenamiento, en los términos de la Resolución 1409 del 2012, es el proceso anual obligatorio mediante el cual se actualizan conocimientos y se entrenan habilidades y destrezas en prevención y protección contra caídas. Así mismo, se debe realizar cuando el trabajador ingrese como nuevo a la empresa, cambie de trabajo en alturas o cambien la condiciones de operación o actividad.

 

Mintrabajo, Concepto 2020120300021000369, Jun. 26/20.

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