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Laboral


Lista bonificación de servicios para el nivel territorial

Según el Decreto 2418, la bonificación se reconocerá y pagará al empleado público cada vez que cumpla un año continuo de labor en una misma entidad pública.
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15 de Diciembre de 2015

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En cumplimiento del Acuerdo único nacional suscrito entre el Gobierno y las confederaciones y federaciones de sindicatos, el Ejecutivo expidió el Decreto 2418 del 2015, por el cual se regula la bonificación por servicios prestados para los empleados públicos del nivel territorial.

 

Según un comunicado del DAFP, esta bonificación se extiende a los empleados públicos del nivel territorial actualmente vinculados o que se vinculen a las entidades y organismos de la administración territorial, del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden territorial, a las asambleas departamentales, a los concejos distritales y municipales, a las contralorías territoriales, a las personerías distritales y municipales y al personal administrativo del sector educación.

 

Igualmente, la entidad advierte que la bonificación por servicios prestados se reconocerá y pagará al empleado público cada vez que cumpla un año continuo de labor en una misma entidad pública.

 

Los organismos y entidades territoriales podrán reconocer y pagar el beneficio siempre que cuenten con los recursos presupuestales en la presente vigencia fiscal, sin que supere los límites señalados en la Ley 617 del 2000. De lo contrario, deberán reconocerla a partir del 1° de enero del 2016.

 

De igual manera, si el empleado tiene una remuneración mensual por concepto de asignación básica y gastos de representación inferior a $ 1´395.608, dicha ayuda será equivalente al 50 % del valor conjunto de la asignación básica y los gastos de representación y si cuenta con una remuneración mensual superior a ese monto la bonificación será equivalente al 35 %.

 

 

Por otra parte, mediante el Decreto 2417 del 2015, se fija la remuneración para los miembros permanentes de dedicación exclusiva del consejo de gobierno judicial y el Gerente de la Rama Judicial, quienes percibirán la misma remuneración de los magistrados de alta corte, teniendo en cuenta la complejidad y responsabilidad que implica el ejercicio de sus funciones. (Lea: Gobierno fija incremento salarial para empleados públicos en el 2015)

 

 

DAFP, Decreto 2418 y 2417, Dic. 11/15

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