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Cambio de horario debe ser consultado con trabajadores: Mintrabajo

24 de Septiembre de 2012

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“Es bueno que el alcalde Gustavo Petro busque salidas a los problemas de movilidad en la ciudad y de paso mejore la calidad de vida de los trabajadores del Distrito”, señaló, el pasado viernes, el ministro del Trabajo, Rafael Pardo.

 

Sin embargo, advirtió que el cambio de horarios de trabajo en las entidades públicas debe ser consultado con los empleados y buscar la conciliación entre la vida laboral y la vida familiar. Además, Pardo invitó al alcalde Petro a promover alternativas laborales como el teletrabajo.

 

“Al igual que una jornada de trabajo flexible, el teletrabajo contribuye a la movilidad de la ciudad y es una herramienta que fomenta la equidad laboral entre hombres y mujeres, pues permite que los trabajadores dediquen más horas del día a sus responsabilidades en el hogar”, explicó el ministro.

 

Finalmente, recordó que desde el pasado mes de abril aceptó la propuesta de los empleados de la sede principal del Ministerio, en Bogotá, que  modificó el horario laboral para facilitar la movilidad en las horas pico.

 

“Esta decisión nació de un proceso democrático realizado el pasado 30 de marzo, cuando los empleados públicos del Mintrabajo, mediante votación, optaron por comenzar la jornada laboral a las 7:00 A.M. y terminarla a las 4:00 P.M., decisión que fue acatada por las directivas de la entidad y que ha facilitado la movilidad de los empleados y mejorado la calidad de vida de ellos y de sus familias”, concluyó Pardo.

 

Vale la pena recordar que, por medio del Decreto 438 del pasado 19 de septiembre, la Alcaldía de Bogotá estableció un nuevo horario laboral para los servidores públicos de la ciudad, de lunes a viernes, de 9:30 a.m. a 7:00 p.m., incluida una hora de almuerzo.

 

Los secretarios de despacho y directores de departamentos administrativos y de unidades administrativas sin personería jurídica podrán establecer un horario alternativo (7:00 a.m. a 4:30 p.m.), siempre y cuando los servidores tengan bajo su cuidado y protección a hijos discapacitados o menores de 14 años o estén estudiando en horario nocturno.

 

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