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Laboral


Auxilio de calamidad doméstica puede ser reconocido por las ESE

Aunque no se trata de una prestación legal, es posible su reconocimiento, si se incluye en programas de bienestar social
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28 de Octubre de 2013

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Aunque no se trata de una prestación legal, el auxilio por calamidad doméstica puede ser reconocido por las empresas sociales del Estado (ESE), si como consecuencia de una convención colectiva o de la iniciativa de los funcionarios se incluye en programas de bienestar social.


En tal caso, precisó la Contraloría General de la República, se imputaría al presupuesto de estos programas.

 

Dicho auxilio es un beneficio extralegal reconocido por algunas cooperativas o asociaciones a sus afiliados o beneficiarios, que debe implementarse mediante la creación de fondos de solidaridad, recordó la entidad.

 

Por su parte, los programas de bienestar social, reglamentados, entre otras normas, por la Ley 909 del 2004, deben formularse anualmente y prever condiciones que favorezcan el entorno de los funcionarios, como el desarrollo integral y el mejoramiento de su nivel de vida.

 

(Contraloría General de la República, Concepto EE105392, sep. 16/13)

 

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