Laboral
Posesión en un empleo público puede ser prorrogada hasta por 90 días
28 de Junio de 2016
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto 1083 del 2015, único reglamentario del sector de la Función Pública, quien acepta un empleo público debe tomar posesión del mismo dentro de los 10 días siguientes a la fecha de aceptación, plazo que puede prorrogarse si el designado no reside en el lugar del empleo o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, sin que la prórroga exceda de 90 días, circunstancia que debe constar por escrito, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Los plazos de días que se señalen en las leyes y actos oficiales se entienden hábiles, para lo cual se suprimen los feriados, es decir, domingos, festivos y sábados, cuando la administración considere a estos últimos inhábiles, circunstancia que deberá ser expresa.
Departamento Administrativo de la Función Pública, Concepto 102841, May. 13/16
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