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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 52 segundos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Descargue el decreto que declara nuevamente la emergencia económica

07 de Mayo de 2020

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Fue expedido el Decreto 637 del 2020, mediante el cual se declara nuevamente el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional y por un término de 30 días calendario, con el fin de enfrentar la pandemia del coronavirus (covid-19). 

 

La norma, de cuatro artículos, firmada por el presidente Duque y los 18 ministros del gabinete, le permite al Ejecutivo adoptar, mediante decretos legislativos, todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos. Además, el Gobierno dispondrá de las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo.

 

Según la norma, entre las motivaciones de la declaratoria está la protección de los puestos de trabajo, incluidos los formales, y también el sistema económico colombiano, afectados por la pandemia. (Lea: Habrá nueva emergencia económica por covid-19)

 

En efecto, se señala que mediante la emergencia se busca “mitigar la crisis ante la inminente destrucción sistemática de los puestos de trabajo con el impacto negativo que esto conllevaría en la economía, no sólo de las familias colombianas sino de todo el sistema económico colombiano”.

 

Es así que como primeras medidas el Gobierno hizo dos anuncios para proteger el empleo: un subsidio para las nóminas y el aplazamiento para diciembre del impuesto de renta que está próximo a vencer.

 

 

En aras de evitar despidos de empleados, el Ejecutivo subsidiará el equivalente al 40 % de un salario mínimo de los trabajadores de aquellas empresas que hayan visto reducida su facturación en un 20 %. Esta medida empezará a regir por los siguientes tres meses.

 

El subsidio será girado a través del sistema financiero para las nóminas que están bancarizadaspara las que no, deben mostrar que tienen en regla la planilla PILA, para que puedan aplicar al beneficio.

 

Otra medida que busca aliviar el flujo de caja de las empresas es el aplazamiento del pago del impuesto de renta que está próximo a vencer, dando un respiro para los próximos meses

 

A continuación se explican estas medidas:

 

¿Qué tipo de empresas pueden aplicar a este beneficio?

 

Cualquier empresa, ya sea pequeña, mediana o grande, que haya tenido una reducción del 20 % en su facturación o ventas, frente al mes de abril del 2019. Para las empresas que se crearon con posterioridad a abril del año pasado se comparará con los ingresos de enero y febrero cuando el covid-19 no estaba en el país.

 

La certificación tiene que venir del contador o revisor fiscal que valide que efectivamente hubo una reducción del 20 % en la facturación

 

¿Qué tiene que hacer una empresa para aplicar al subsidio?

 

La empresa debe tener bancarizada su nómina, para hacer más expedito el trámite. Si los empleados reciben su nómina a través del sistema financiero, por ese mismo medio llegará el monto. Es necesario aclarar que el sistema financiero no recibirá un porcentaje por su papel de intermediario para esta medida.

 

Para aquellas empresas que no tienen bancarizada su nómina, se debe certificar que ha pagado la seguridad social a través de la planilla PILA

 

¿Cuál es el costo de la medida y de dónde saldrán los recursos?

 

El subsidio tendrá un costo aproximado de $ 2 billones mensuales, es decir, cerca de $ 6 billones para los tres meses que regirá la medida. Los recursos vienen de los esfuerzos del Gobierno de conseguir recursos a través de la inversión forzosa de las entidades bancarias en títulos de deuda del Ejecutivo y de recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias.

 

¿Cuánto es el monto del subsidio?

 

El monto es de $ 350 mil mensuales por empleado.

 

¿Cuándo empezará a regir la medida?

 

Se está trabajando para que la medida sea efectiva desde la primera quincena de mayo.

 

¿Cuántos empleados se verán beneficiados?

 

Se calcula que 6 millones de empleados se beneficien con esta medida

 

¿Cómo se asegurará el Gobierno que el subsidio esté siendo utilizado para pagar nómina?

 

En el segundo giro se confirmará, a través del sistema PILA, que efectivamente los recursos se utilizaron para pagar nómina.

 

Adicionalmente, se puede verificar posterior a esta situación si se hizo el pago al empleado. Quienes no dirijan los recursos al pago de la nómina estarán cometiendo el delito ‘fraude a subvención’, tipificado en el Código Penal.

 

Reactivación del sector informal

 

Por otra parte, la vicepresidenta, Martha Lucía Ramírez, anunció que se está adelantando un registro simplificado con Confecámaras, para tener claridad de los trabajadores informales afectados y lograr que se vayan acercando al sistema financiero. “Es muy importante que se conviertan en sujetos de crédito, porque son personas que están pagando un 1 % de tasa de interés diario, cerca de un 360 %, esto es un escándalo, por eso tenemos que ver cómo se formalizan”.

 

Agregó que, con el Ministro de Comercio, se está analizando el camino para que se restablezcan muchos negocios informales.

 

Presidencia, Decreto 637, May. 06/20.

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