Circular de Mintrabajo sobre operación de Colombia Mayor durante la pandemia se ajusta a derecho
30 de Junio de 2021
En el marco del control automático de legalidad, el Consejo de Estado declaró la legalidad de la Circular 25/20, del Ministerio de Trabajo, la cual incluye medidas temporales para la operación del programa Colombia Mayor en medio de la emergencia sanitaria por el covid-19.
Concretamente, la circular señalaba que Fiduagraria debía garantizar la permanencia de los dineros no cobrados de los meses de marzo, abril y mayo del 2020 hasta el 30 de mayo del mismo año. También, suspendió las novedades de retiro de beneficiarios por las causales de pérdida del subsidio establecidas en el Decreto 1833 del 2016, durante el periodo de la emergencia.
La circular también estableció los casos en los que las entidades territoriales debían priorizar y agilizar los procedimientos para el desbloqueo de beneficiarios, así como la solicitud dirigida a los alcaldes para que establecieran cronogramas y estrategias de distribución en cuanto a la entrega del dinero.
Por último, autorizó a Fiduagraria y a sus operadores para que entregaran los dineros a terceros designados por los beneficiarios, previo cumplimiento de ciertos requisitos.
El alto tribunal declaró la legalidad de la circular luego de un examen formal y material de la misma. Sobre el primero, encontró satisfechos los requisitos de competencia, así como las demás formalidades no sustanciales que permiten su individualización.
En cuanto al examen material la Corporación observó que las instrucciones dictadas por la circular guardan “armonía con el decreto declaratorio del estado de excepción”, por lo que existe “una relación de conexidad entre el acto y los motivos que dieron lugar a la declaratoria de la emergencia económica, social y ecológica”. Agregó que las instrucciones de la circular “guardan conexidad con los motivos que justificaron su expedición”.
Finalmente, la Sala estudió una a una las medidas de la circular y en ninguno de los casos encontró que estas se contradijeran con las normas que le sirven de sustento (C. P. Guillermo Sánchez Luque).
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