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Actualización de los antecedentes penales no puede reflejarse en los certificados judiciales expedidos por el DAS (4:00 p.m.)

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24 de Mayo de 2010

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Aunque el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) tiene entre sus funciones organizar, conservar y actualizar los registros de identificación con base en los informes de las autoridades judiciales, dichas anotaciones no pueden aparecer en el certificado de antecedentes judiciales, señaló la Corte Suprema en reciente fallo de tutela. La Sala Penal explicó que si el antecedente de un particular, que ha cumplido su pena o esta se ha extinguido, aparece en el certificado estaría recibiendo un trato discriminatorio. Señaló además que la información no deber ser eliminada, sino que su consulta debería estar limitada a las autoridades judiciales, más si se tiene en cuenta que son los empleadores quienes requieren de dicho documento, lo que estaría sometiendo al solicitante a un rechazo laboral inmediato. A juicio de la corte, mantener esta información conllevaría a considerar que en “Colombia existen penas perpetuas” (M. P. Julio Enrique Socha Salamanca).

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