Aclararán término de prescripción en reclamación de sanción moratoria del régimen anualizado (10:52 a.m.)
13 de Noviembre de 2019
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Nota:
112946
El Consejo de Estado informó que unificará su jurisprudencia para aclarar el momento a partir del cual se cuenta el término de prescripción frente a la reclamación de la sanción moratoria del régimen anualizado. Estableció que si bien en la postura unificada de la corporación, desde agosto del 2016, se dejaron establecidas las bases claras en la ratio decidendi, no se adoptó la regla jurisprudencial relativa a que la reclamación administrativa está sometida al fenómeno de prescripción prevista en el artículo 151 del Código de Procedimiento Laboral, esto es, que la reclamación del trabajador deberá presentarse dentro de los tres años siguientes a la exigibilidad de la obligación. Así las cosas, la Sección Segunda concluyó que es necesario emitir un pronunciamiento unificado en esta importante materia para el Derecho Administrativo, por su importancia jurídica. Estaremos informando el resultado final de esta futura unificación (C. P. William Hernández).
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