Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Aclaran caducidad de acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra sanciones disciplinarias (3:16 p.m.)

102372

06 de Julio de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El término de cuatro meses para interponer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho se cuenta a partir del día siguiente a la notificación del acto administrativo definitivo que impone la sanción disciplinaria. Así lo reiteró la Sección Segunda del Consejo de Estado, al explicar que esa es la regla general aplicable. Sin embargo, en los casos en que es imposible determinar la fecha en la que el interesado se notificó de la decisión sancionatoria, pero existe acto de ejecución, desde el día siguiente a la notificación de este debe contabilizarse el término de caducidad. Además, cuando el acto que finaliza la actuación administrativa es recurrible mediante reposición o apelación y estos recursos fueron interpuestos, la caducidad deberá contarse a partir del día siguiente a la notificación del acto que los resolvió, según corresponda, precisó la corporación (C. P. Sandra Lisset Ibarra).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)