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02 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 5 minutos | ISSN: 2805-6396

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Especiales / Informe

Resolución de Conflictos y Arbitraje

“En Colombia, no había un foro idóneo para la resolución de los conflictos de índole societario”

31 de Agosto de 2022

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“En Colombia, no había un foro idóneo para la resolución de los conflictos de índole societario” (Archivo particular)

El Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá (CACCCB) lanzó una nueva especialidad en sus servicios de arbitraje nacional, orientada a la atención y la resolución exclusiva de los conflictos jurídicos derivados de las transacciones contractuales entre socios y empresas. Se trata de la especialidad en arbitraje societario.

 

Gustavo Andrés Piedrahita, director del CACCCB, habló sobre los beneficios y las ventajas de este nuevo foro de resolución de controversias.

 

Recientemente, el CACCCB presentó una nueva especialidad en arbitraje societario. ¿En qué consiste?

 

Gustavo Andrés Piedrahita: La nueva especialidad está dedicada de forma exclusiva a la atención y la resolución de los conflictos derivados de las transacciones contractuales entre socios y empresas. Temáticas como los desacuerdos existentes entre los socios sobre la dirección de la compañía, la venta o cesión de la participación de la empresa, las discrepancias sobre las decisiones que se toman en las reuniones del máximo órgano o los conflictos derivados de las alianzas suscritas para ejecutar proyectos mediante uniones temporales o consorcios son algunos de los ejemplos sobre la conflictividad que esta especialidad busca abordar.

 

En Colombia, no había un foro idóneo para la resolución de los conflictos de índole societario, por lo que la alternativa propuesta por el CACCCB permite que se pueda explotar una figura que, además de contar la especialidad propia de los mecanismos de resolución de controversias, goce de la eficiencia y la celeridad que, ya de por sí, tiene el arbitraje.

 

¿Cuáles son las principales controversias que hoy en día se presentan en materia societaria?

 

G. A. P.: Desde hace algún tiempo, el CACCCB, con el apoyo de especialistas en la materia, ha monitoreado las necesidades jurídicas en el ámbito societario y ha identificado que los conflictos más recurrentes que se presentan en esta área se encuentran relacionados con desacuerdos de los socios sobre la dirección de la compañía, la venta o cesión de la participación de la empresa o con las decisiones tomadas en las asambleas.

 

También se encontraron otro tipo de conflictos derivados de las alianzas entre empresas para ejecutar proyectos a través de figuras como las uniones temporales o los consorcios, en donde se presentan controversias en relación con la asunción de responsabilidades de las empresas.

 

¿Qué árbitros atenderán esta clase de controversias? ¿Cómo se integrarán esas listas?

 

G. A. P.: A partir de los hallazgos obtenidos, el CACCCB, con la aprobación de la Corte Arbitral, desplegó una estrategia para conformar una lista de árbitros con amplia trayectoria y reconocimiento en este tipo de asuntos que permitirán una atención mucho más eficiente de las controversias de este sector.

 

A la fecha, la lista de árbitros, especialistas en la materia, está conformada por los siguientes expertos: Luis Eduardo Arellano Jaramillo, Mauricio Ricardo Chaves Farías, José Miguel de la Calle Restrepo, Néstor Raúl Fagua Guauque, Néstor Humberto Martínez Neira, Jorge Ernesto Oviedo Albán, Lisandro Peña Nossa, Jorge Gabino Pinzón Sánchez, Francisco Hernando Reyes Villamizar, Carlos Alberto Useche Ponce de León, Enrique Laverde Gutiérrez, Darío Laguado Giraldo, José Francisco Mafla Ruiz, Néstor Camilo Martínez Beltrán, Ana María Ordóñez Puentes, Luis Fernando Rincón Cuéllar, Fernando Alberto Rodríguez Castro, Sebastián Salazar Castillo y Lorenzo Octavio Calderón Jaramillo.

 

¿Qué ventajas encontrarán los empresarios y los socios de las compañías frente a esta nueva oferta de servicio?

 

G. A. P.: La mayor ventaja es contar con los mejores expertos para la atención y la solución de las controversias. La lista está compuesta por los árbitros con más conocimiento en derecho societario en Colombia. En consecuencia, quien quiera acceder al arbitraje como el mecanismo para la resolución de su conflicto encontrará realmente expertos conociendo del caso y tomando la decisión correspondiente.

 

Con respecto a los tiempos, el arbitraje es altamente reconocido por la rapidez con la que los árbitros llegan a una decisión, más aún, si se advierte el problema más recurrente que debe enfrentar la jurisdicción ordinaria: la congestión judicial.

 

La cantidad de procesos que se deben atender al año impacta de forma directa en el tiempo de atención y respuesta. Un proceso en la jurisdicción ordinaria tarda, en promedio, 28 meses en ofrecer un fallo de primera instancia a sus usuarios, mientras que un tribunal arbitral podría durar 17 meses. 

  

¿Puede cualquier empresa acudir a este mecanismo? ¿Qué requisitos deben reunir?

 

G. A. P.: Todos los empresarios, comerciantes y ciudadanos que hayan pactado una cláusula arbitral o hayan inscrito un pacto arbitral, y cuya competencia esté a cargo del CACCCB pueden acudir a este mecanismo.

 

¿Cómo es prepararon para este nuevo servicio y cuántas controversias creen que podrían resolver?

 

G. A. P.: El CACCCB, comprometido con la prestación de servicios de justicia ágiles, especializados y eficientes, trabaja de forma permanente para mejorar y optimizar los mecanismos de resolución de conflictos a partir de la comprensión de las necesidades de cada uno de los sectores económicos del país y la región.

 

De esta forma, se identificó que los conflictos societarios son una preocupación recurrente en nuestros empresarios y, por ello, se implementó este servicio especializado. El primer paso fue identificar los expertos y, luego, se les invitó a participar en esta iniciativa. En este momento, el CACCCB adelanta una campaña de divulgación para lograr que los empresarios conozcan esta alternativa.

 

En lo que resta del año, se espera atender 30 casos en esta nueva especialidad.

 

¿De qué forma este mecanismo alternativo de solución de controversias ayudará a mejorar la administración de justicia e, incluso, a descongestionar despachos judiciales?

 

G. A. P.: Al contar con los mejores expertos para la atención y la solución de este tipo de controversias, se impactará de forma positiva en los socios y en los empresarios del país, pues contarán con la garantía de encontrar en el centro de arbitraje y conciliación más grande del país una solución adecuada y ágil a sus conflictos.

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