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El papel de la tecnología en la vida del abogado

24 de Julio de 2014

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Andrés Guzmán Caballero

andres@adalid.com

Socio de la firma Adalid Corp., experto en Derecho de Nuevas Tecnologías y profesor universitario

 

En cierta ocasión, al finalizar la presentación del programa de la cátedra de la Maestría Pruebas de Alta Tecnología, que dicto hace varios años – un nombre, por cierto, atemorizante-, pregunté a los estudiantes si tenían alguna duda, y José Luis, un intrépido alumno que franqueaba los 50 años, funcionario judicial de carrera y que fue juez hace un par de años, levantó la mano y sin titubear me dijo: “doctor, ¿puedo asistir a esta clase? ¡La tecnología me atropella!”.

 

La pregunta y la afirmación me hicieron reflexionar sobre el papel de la tecnología en la vida del abogado actual en Colombia. Sin duda, sus palabras aludían a una dualidad contradictoria, a la que nos enfrentamos muchos de quienes ejercemos esta profesión, pues, por un lado, la sociedad nos exige estar conectados, lo cual implica tener y usar debidamente celulares, tabletas, Facebook, Twitter, correo electrónico y Whatsapp, recursos y posibilidades virtuales que son parte esencial de nuestro trabajo. Y, por otro lado, los despachos judiciales, escenarios imprescindibles de la vida jurídica, cuentan, en su mayoría, con sistemas de información decrépitos e inoperantes para las exigencias sociales y profesionales del momento.

 

Se puede afirmar al respecto, sin temor a equivocarnos, que, en Colombia, la Rama Judicial está en pañales en materia de nuevas tecnologías. La plataforma Siglo XXI, por ejemplo, que administra la información de los despachos judiciales, no es más que un repositorio de datos viejo e improductivo, que no da ningún valor agregado a la información. Sin esta ayuda básica, es apenas comprensible que los funcionarios no puedan realizar bien su trabajo, puesto que, entre otras necesidades, no existe en el contexto nacional una conectividad real entre los despachos, mucho menos entre los abogados o las partes; se carece de motores de búsqueda ágiles y precisos; el sistema de repartos inseguro y, en últimas, está 10 años atrás de nuestra realidad tecnológica.

 

Las disposiciones

En materia normativa, el panorama no es mejor: el Código General de Proceso se quedó corto en materia de pruebas técnicas, desde los criterios de validez de los mensajes de datos, hasta las pruebas periciales que sobre ellas se pueden efectuar. Y si bien la jurisdicción administrativa insertó novedosos criterios, como el “expediente digital” o “las notificaciones electrónicas”, hoy no dejan de ser normas utópicas, pues, por ejemplo, el expediente digital no es siquiera un proyecto real que abarque todas las necesidades de un sistema judicial moderno, esto es, capaz de la desmaterialización de los expedientes, la participación en línea de las partes o las firmas digitales para los abogados. 

 

Por otra parte, qué decir de las notificaciones electrónicas que en algunos despachos se están haciendo por correo electrónico. Esta situación victimiza a profesionales del Derecho y a los ciudadanos que, en consecuencia, deberán consultar su correo a diario, suponiendo que todos tenemos acceso a internet, cuando ni siquiera hoy existe cubrimiento nacional y no es un servicio público. En su lugar, se debió crear una plataforma de SMS (mensajes de texto a móviles), esto contando con que casi todas las personas tienen celular, que existen mecanismos de firma electrónica y que pueden crearse procesos fáciles de verificación de lectura para los ciudadanos.

 

Imaginemos, por un momento, un sistema en el que cualquier ciudadano puede, entre otras posibilidades, radicar ante la justicia acciones judiciales impresas, por internet o a través de una llamada; conocer el estado de un proceso judicial en tiempo real en línea; radicar recursos o memoriales por medios digitales; recibir notificaciones del estado de los procesos a través de nuestro celular y hasta poder consultar las piezas procesales desde allí. Todo esto mediante un sistema ágil, seguro y transparente en el que no se manipulen los repartos y los funcionarios no tengan que trasladar los expedientes o llenar estadísticas, porque todo está contenido allí. Sin duda, un panorama ideal.

 

Enseñanza de la tecnología

En materia académica, el tema es aún más preocupante, pues son muy pocas las  universidades que incluyen temas de TIC, pruebas técnicas, Derecho y tecnología, delitos de alta tecnología y evidencias digitales en sus programas. Y aquellas que lo han hecho  solo los incluyen como materias de especialización o maestría, olvidando que sus alumnos de pregrado se comunican sustancialmente por internet, es decir, tienen “vida digital” y pronto la sociedad les exigirá presentar un chat de Whatsapp o una página web como prueba en un proceso judicial.

 

Es tan relevante el tema que algunas facultades de Derecho están adquiriendo laboratorios de informática forense para ilustrar a sus alumnos y prepararlos con mayor pertinencia en las competencias que les exige el mundo actual.  

 

Finalmente, le expliqué a José Luis, mi alumno atropellado por la tecnología, que quienes toman clases para superar esta dificultad es porque quieren aprender aquello que desconocen y, sobre todo, porque cada vez más los abogados nos encontraremos en situaciones profesionales que nos enfrenten con temas y retos tecnológicos. En conclusión, le enfaticé que lo importante es que la sociedad, el Gobierno, la academia, los jueces, los fiscales y los abogados tengamos el compromiso de modernizar la justicia, siempre con la premisa de que la tecnología deberá hacer más fácil y asertiva nuestra vida individual y colectiva.

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