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Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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La reforma al Consejo Superior: ¿el fin de la autonomía judicial?

05 de Octubre de 2011

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Foto: Humberto Pinto

 

Reforma a la justicia

Es un déjà vu. Durante la última década, la idea de reformar la justicia ha estado incluida en la agenda de todos los gobiernos. Y dentro de esa propuesta, que aún no se hace realidad, hay un tema infaltable: la eliminación o reforma del Consejo Superior de la Judicatura.

 

A finales del 2002, el presidente Álvaro Uribe propuso suprimir esa entidad, retomando un planteamiento de su antecesor, Andrés Pastrana. La iniciativa hacía parte de la “poda

institucional” que el recién elegido mandatario incluyó en su plan de gobierno, respaldado en las urnas por más de cinco millones de votos.

  

Pero, aunque Uribe permaneció ocho años en el poder, el Consejo Superior se mantuvo intacto. Las arremetidas iban y venían. Y las críticas, generalmente, eran las mismas: que no ha mejorado la gestión de la Rama Judicial, que se ha quedado corto en las sanciones a jueces y abogados, que se ha politizado… Incluso, en una entrevista concedida a ÁMBITO JURÍDICO en febrero del 2009, el entonces presidente de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, calificó a la Sala Disciplinaria como un “organismo terriblemente descompuesto”, que tomaba decisiones “preocupantes”.

 

Sin embargo, el Consejo Superior ha resistido todos los ataques. Su arquitectura constitucional no ha sufrido cambios.

 

Hoy, 20 años después de su creación, se alista para soportar un nuevo embate: en dos proyectos de reforma a la justicia, uno del Gobierno y otro del Consejo de Estado, se proponen cambios profundos a su estructura. ¿Resistirá una vez más?

 

Cambios en lo disciplinario

El golpe más directo a la estructura del Consejo Superior lo quiere dar el Gobierno, que propone eliminar esa entidad y remplazarla por un Consejo de Administración Judicial.

 

En su proyecto, el Ejecutivo plantea suprimir la Sala Disciplinaria y dejar sus funciones en manos de los superiores jerárquicos, para el caso de los funcionarios judiciales, y en un colegio de abogados, para los profesionales del Derecho.

 

En lo que tiene que ver con los primeros, argumenta que ese esquema de control disciplinario garantizaría la idoneidad del funcionario encargado de la investigación y el juzgamiento, y que tiene la ventaja de concentrar la actividad jurisdiccional en el aparato de justicia.

 

No obstante, para el exmagistrado de la Corte Constitucional Eduardo Montealegre, la propuesta destruye el principio de autonomía de la Rama Judicial. En una audiencia pública sobre la reforma a la justicia celebrada en la Comisión Primera del Senado, Montealegre advirtió que la iniciativa elimina las figuras del “juez de jueces” y del “órgano de cierre” en el juzgamiento disciplinario de los funcionarios judiciales, esenciales para que dicha autonomía exista.

 

En el mismo evento, el abogado Rodrigo Uprimny, miembro del centro de estudios Derecho, Justicia y Sociedad (DeJusticia), calificó de problemática la propuesta. Uprimny coincide en que la idea desconoce la autonomía judicial, que no se da solo frente a las otras ramas del Poder Público, sino también internamente, frente a los otros jueces.

 

Por su parte, el vicepresidente del Consejo Superior de la Judicatura, Ricardo Monroy, considera inconveniente que sean los mismos jueces quienes atiendan la función disciplinaria. “El constituyente del 91 creó un mecanismo de composición externo a la propia Rama, pues no es posible que se garantice la independencia, cuando el juez y el disciplinado tienen el mismo origen”.

 

Cambios en lo administrativo

Aunque el remesón en lo disciplinario sería de gran intensidad, las propuestas del Gobierno y el Consejo de Estado se concentran más en la recomposición de las funciones de administración y gobierno del Consejo Superior.

 

El Ejecutivo pide suprimir la Sala Administrativa, para entregarles sus funciones a dos órganos distintos: una Sala de Gobierno y una Gerencia de la Rama Judicial.

 

La formulación, la regulación y el control de las políticas públicas de la Rama le corresponderían a la Sala de Gobierno, que estaría integrada por los presidentes de las altas cortes, un delegado de cada una de estas corporaciones y un delegado de los jueces y los magistrados.

 

El otro órgano, la Gerencia de la Rama, ejecutaría los planes sectoriales y el presupuesto y administraría el recurso humano, el sistema de estadísticas judiciales y la carrera judicial. El Gerente sería un profesional especializado en ciencias administrativas, económicas o financieras, tal como ocurre con el actual Director Ejecutivo de Administración Judicial.

 

La propuesta del Consejo de Estado es similar. Estos asuntos serían manejados por dos salas: una de Gobierno y otra Administrativa. Al igual que en la propuesta del Ejecutivo, la Sala de Gobierno determinaría las políticas generales de la Rama Judicial. De ella serían miembros los presidentes de las altas cortes, un representante de los funcionarios de la Rama, el Fiscal General de la Nación, un integrante de la Sala Administrativa y otro de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior, que se mantendría.

 

La ejecución de esas políticas estaría a cargo de la Sala Administrativa, conformada por tres abogados y tres profesionales en ciencias administrativas, financieras o contables, que serían de libre nombramiento y remoción por parte de las altas cortes.

 

En este punto, el Gobierno y el Consejo de Estado tienen objetivos comunes, que parten de diagnósticos similares. Ambos coinciden en que los diferentes sectores de la Rama Judicial deben tener una representación más directa en su gobierno y en que es necesario incorporar a profesionales expertos en administración, para el cumplimiento de las tareas gerenciales.

 

Esto, en opinión de Monroy, es equivocado: “Lo que se requiere es un organismo independiente, surgido de las propias cortes, pero con autonomía y fortaleza institucional para administrar y gobernar la Rama. No sería posible pensar en un órgano de carácter gerencial que decida sobre la integración de las cortes, como tampoco en profesionales que no conozcan a fondo la justicia y definan sus políticas”, explicó.

 

Paradójicamente, aunque muchos ven en la afectación de la autonomía y la independencia de la Rama Judicial el problema de fondo de las reformas propuestas, Ejecutivo y Consejo de Estado no lo creen así. Ambos aseguran que los cambios no solo mantienen, sino que fortalecen esos principios.

 

“… las propuestas que aquí se formulan están encaminadas a reforzar el autogobierno, la dirección gerencial especializada y la formulación coordinada y autónoma de planes, de políticas y de programas de mejoramiento (…) de la administración de justicia”, afirma el Consejo de Estado. 

 

“Es importante destacar que la propuesta de reforma constitucional mantiene la filosofía esencial de la Constitución Política de 1991, en donde se dio un paso fundamental hacia la consolidación de la autonomía e independencia de la Rama Judicial”, sostiene el Gobierno.

 

En todo caso, como lo afirmó Uprimny en la audiencia sobre la reforma a la justicia, “tenemos una tradición de independencia de la Rama Judicial que es necesario amparar, proteger y desarrollar”. En manos del Congreso está garantizar que así sea.

 

 

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