Zonificar y reglamentar usos de suelo sin identificación predial no es falsa motivación (8:45 a.m.)
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11 de Diciembre de 2012
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El Ministerio de Ambiente no vulneró el derecho a la igualdad ni incurrió en falsa motivación que constituya nulidad al expedir la Resolución 463 del 2005, mediante la cual se delimitó la reserva forestal protectora Bosque Oriental de Bogotá, pues el fundamento del acto administrativo no son las características particulares de los terrenos que redelimita e incorpora al área de reserva, sino la necesidad de lograr los objetivos de protección, conservación y restauración de espacios de interés ecológico nacional. El Consejo de Estado explicó que su carácter general e impersonal no identifica ni particulariza cada uno de los predios que lo integran, sino que identifica dicha área por los límites que en él se precisan (C. P. María Elizabeth González García).
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