Reglamentan la creación y el funcionamiento de los centros integrales de atención y los cursos para los infractores de tránsito (12:43 p.m.)
12 de Agosto de 2010
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Nota:
68191
Mediante la Resolución 3204 del pasado 4 de agosto, el Ministerio de Transporte estableció los requisitos para la constitución y el funcionamiento de los centros integrales de atención (CIA), establecimientos de naturaleza pública o privada que prestarán los servicios de escuela y de casa cárcel para la reeducación y/o rehabilitación de los infractores de las normas de tránsito. Cabe recordar que la Ley 1326 del 2009 (reforma al Código Penal) incluyó una serie de conductas de los conductores como causales de agravación punitiva para el homicidio culposo, y la Ley 1383 del 2010 (reforma al Código Nacional de Tránsito Terrestre) permite disminuir el valor de la infracción, si se cancela prontamente y se asiste a un curso sobre normas de tránsito en un CIA. El curso no podrá ser inferior a dos horas y su temática debe estar orientada a dar a conocer las normas de tránsito, a sensibilizar al infractor sobre la incidencia y la problemática de la accidentalidad vial, a través del análisis de las estadísticas nacionales de mortalidad y morbilidad, señala uno de los apartes del reglamento.
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