Reglamentan el procedimiento para la asignación de rango de placa por duplicidad a automotores y no automotores (9:25 a.m.)
09 de Noviembre de 2012
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Nota:
84379
El Ministerio de Transporte estableció el procedimiento para la asignación de rango de placa por duplicidad, para los vehículos automotores y no automotores registrados en el país con rango de placa asignado a otro vehículo. La cartera señala que se inscribirá en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), en el Registro Nacional Automotor o en el Registro Nacional de Remolques y Semirremolques, según el caso, el primer vehículo cargado en cumplimiento de la migración de información histórica ordenada, y se rechazará el que aparezca identificado con el mismo rango pero que sea cargado con posterioridad. Para casos de duplicidad, el ministerio identificará los rangos duplicados y realizará la apropiación presupuestal necesaria para reconocerles a los respectivos organismos el valor correspondiente a la fabricación de la placa.
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