Precisiones sobre entrada en vigencia de regulación de las fotomultas
23 de Abril de 2018
Para hacer claridad sobre algunos aspectos de la nueva normativa que rige para la instalación y operación de los medios técnicos y/o tecnológicos para la detección de presuntas infracciones al tránsito (SAST), más conocidas como fotomultas o fotocomparendos, contenidas en la Ley 1843 del 2017 y en la Resolución 718 del 2018, el Ministerio de Transporte considera importante tener en cuenta ciertos aspectos sobre la entrada en vigencia de algunas de sus disposiciones frente a otras que están sujetas a otros plazos para su obligatoriedad. (Lea: Este es el marco regulatorio para las fotomultas)
Entraron a regir de forma inmediata:
- La obligación de avisar en todos los casos al ciudadano sobre la detección electrónica, tanto de la fija como la móvil. Esto incluye la señalización para detección fija de velocidad en vías nacionales con una antelación de 500 metros.
- Los términos para la validación, notificación y comparecencia dentro del proceso contravencional de las presuntas infracciones de tránsito detectadas a través de los fotocamparendos.
- La restricción para instalación de los dispositivos en colinas, viviendas u otros equipamientos aledaños y la restricción de operación en vehículos en movimiento.
- La remuneración a la inversión privada para la instalación y puesta en operación de los sistemas y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones sin superar en ningún caso el 10 % del recaudo, para los contratos que se celebren a partir de la sanción de la ley.
Entrarán a regir en 180 días hábiles, a partir de la reglamentación (Resolución 718):
La exigencia de tener tramitada la autorización para la instalación y operación de los SAST que ya se encontraban funcionando el 14 de julio del 2017, cuando fue sancionada la ley. (Lea: Conozca cómo reglamentaron las fotomultas)
Rige desde el pasado 14 de enero del 2018:
La obligación de las autoridades de tránsito territoriales que operen SAST de tener implementados mecanismos electrónicos para la comparecencia a distancia de los presuntos infractores.
Mintransporte, Circular 20184000153241, Abr. 20/18
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